Trabajo en Negro – Indemnizaciones

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TRABAJO EN NEGRO -INDEMNIZACIONES 

¿Sabías que tenés derecho a reclamar a tu empleador para que registre tu relación laboral y, si no lo hace, podés darte por despedido/a y cobrar una indemnización? 

El trabajador no registrado –llamado también “trabajador en negro”- se encuentra en una situación de desprotección total, por estar fuera de nuestra legislación laboral y de seguridad social.

Tampoco cuenta con cobertura médica para él, ni para su grupo familiar, no tiene derecho al cobro del salario familiar, seguro de desempleo, entre otros beneficios.

Incluso en caso de accidentes de trabajo, el reclamo se torna más complicado, debido a que debe probarse la existencia de la relación laboral.

La falta de registración constituye una injuria muy grave para el trabajador, el cual se proyecta a todo el orden social debido a que genera evasión fiscal y previsional causando competencia desleal con los demás empleadores que sí cumplen con sus debidas obligaciones.

Por ello es que la ley sanciona a aquellos empleadores que incumplen con la ley estableciendo una serie de multas en concepto de indemnización para el trabajador en negro.

Una de las leyes es la 24.013 , y para el caso de que el empleador no registre la relación laboral, la registre con fecha posterior a la real o lo haga con un sueldo menor al efectivamente abonado al trabajador en negro.

La otra - ley 25.323 - puede ser utilizada en caso de que el trabajador sea despedido no estando debidamente registrado (Trabajo en negro).

trabajo no registrado

trabajo registrado con remuneracion menor trabajo registrado con fecha posterior a la real

 Trabajo en Negro – Indemnizaciones: ¿Entonces qué debo hacer en caso de no estar registrado o de estarlo de manera deficiente?

Lo primero que se debe hacer es intimar al empleador para que registre la relación laboral, este paso es muy importante debido a que el reclamo posterior se dará en base a aquello que dejemos establecido en el telegrama inicial, por eso en  LACLE ABOGADOS contamos con un equipo de profesionales capacitados para brindarte la mejor solución a tu problema y para que puedas reclamar de la manera correcta.

¿Qué indemnizaciones me corresponden por derecho?

Indemnización por mes de despido: Un mes de sueldo por cada año de antigüedad.

Omisión de preaviso: Un mes de sueldo o dos meses en caso de tener más de cinco años de antigüedad.

Integración al mes de despido: El sueldo del último mes trabajado

Haberes caídos, aguinaldo y vacaciones.

Multa de por falta de entrega de certificado de trabajo.

Multas establecidas en la ley 24.013 (no acumulable con la Ley 25.323).

Multas establecidas en la ley 25.323 (en caso de haber sido despedido antes del reclamo).

multas por trabajo en negro

Si necesitas iniciar un reclamo y no sabes cómo empezar, déjanos tu consulta en el formulario y uno de nuestros asesores se comunicará con brevedad.

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