AMPARO CONTRA OBRA SOCIAL POR FALTA DE COBERTURA

El amparo contra las obras sociales por falta de cobertura (también llamado Amparo por Salud) es el remedio judicial a los incumplimientos de las prestadoras de servicios, sean éstas públicas (PAMI, APROSS) o privadas, en la cobertura por diversas prestaciones médicas.

AMPARO CONTRA OBRA SOCIAL POR FALTA DE COBERTURA

El amparo protege un derecho humano fundamental, el derecho a la salud reconocido por la constitución nacional y diversos tratados internacionales reconocidos por el país.

Es un derecho que exigimos todos los habitantes argentinos –y por supuesto de todos los países del mundo-, con la intervención de diversos organismos internacionales, OPS, OMS, UNESCO.

En Argentina, por la división de poderes (ejecutivo, legislativo y judicial), el poder judicial es el encargado “práctico” de receptar y resolver cuestiones relativas a la denegación de salud o falta de cobertura, total o parcial, de las obras sociales y prepagas ante diversas contingencias.

Por eso desde Laclé, nos especializamos en efectuar todo tipo de presentaciones, denuncias, demandas y amparos contra una obra social por falta de cobertura, con un porcentaje superlativo de casos exitosos ante los tribunales Federales o Provinciales.

Nuestro Plus Valor es el estudio personalizado de cada caso y la presentación y planteo profesional de amparo contra las obras sociales por falta de cobertura de pacientes que requieren tratamientos, intervenciones quirúrgicas, implantes y prótesis.

La presentación se realiza en los tribunales –generalmente de competencia federal- y a través de una medida cautelar incorporada al amparo, se solicita lo más importante: la cobertura de la obra social.

El Amparo es la medida más rápida y segura ante la falta de cobertura. La demora suele ser de 20 días aproximadamente, aunque depende de cada tribunal.

Una vez obtenida la medida cautelar del amparo por falta de cobertura de obra social, prosigue el juicio hasta su finalización a los 4 a 7 meses aproximadamente.

Y si bien puede efectuarse el reclamo previo a la Superintendencia de Servicios de Salud, el mismo tiene demoras de varios meses y resulta una vía sumamente burocrática, especialmente en las provincias, donde la atención termina centralizándose en Buenos Aires; por lo tanto efectuamos en la mayoría de los casos una intimación pre-judicial a la obra social incumplidora.

Dejamos aquí los enlaces a algunas de las leyes más importantes que regulan los casos mas frecuentes de amparos de salud por falta de cobertura de las obras sociales y medicinas prepagas:

PMO Programa Médico Obligatorio

Prestaciones Básica para Personas con Discapacidad

Fertilización Asistida

AMPARO CONTRA OBRA SOCIAL POR FALTA DE COBERTURA

Para consultar por nuestra forma de trabajo, comuníquese por cualquier vía de contacto. LACLÉ ABOGADOS.

2 Respuestas

  1. Buenas quería consultar sobre amparo de salud
    Tengo mi obra social que desde el día 22/04 no me autorizan una cirugía del corazón este estudio se llama ablacion más electrofiologico , el hospital privado de Córdoba mando por mail a mi mutual el procedimiento en carácter de urgente !! Y hasta el día de hoy no tengo respuesta Llamo todos los días y están especulando porque el día 3 de mayo se me termina la obra social.. pero yo a está cirugía está pedida ya casi una semana!! Y todavía tengo cobertura..
    Gracias !

    • Hola Stephanie, es una ilegalidad; habría que analizar tu caso, pero seguramente corresponde realizar un amparo por salud, solicitando una medida cautelar inmediata.
      Quedamos a disposición.
      Saludos

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