Indemnización por Varices
Las Varices, generadas por un aumento de la presión venosa de los miembros inferiores, son enfermedades laborales, reconocidas desde el año 2014 por el Baremo Decreto 49/2014. Generalmente, además de la cuestión estética, generan fuertes dolores y molestias en las piernas de los/las trabajadores/as.
Las indemnizaciones por varices fueron un tema de debate que la Comisión Médica Central Argentina resolvió por unanimidad considerar como una enfermedad profesional listada.
Eso no quiere decir que antes del año 2014 no podían indemnizarse las varices como enfermedades laborales, sino que los Tribunales (ver un ejemplo con el fallo del año 2002), aplicando el principio de que si las causas de la generación de varices son laborales, deben ser indemnizables, sin importar si existe o no una reglamentación.
Los requisitos que menciona la ley para que sea aplicable la indemnización son los siguientes:
Se presentan en ambas piernas.
Son consecuencia directa del trabajo (y no de factores externos como el sobrepeso, sedentarismo, embarazo, edad avanzada, etc.)
La RT me operó de várices luego que me den el alta me pertenece alguna indemnización???
Hola Leonardo.
Si las varices producen dolor o molestias, operadas o no, es posible reclamar a la ART una indemnización laboral.
Es muy importante seguir el principio en virtud del cual si hay una dolencia causada por la disposición del trabajo, ésta debe ser indemnizada.
Saludos